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7/10/2011 10:41:00 p. m.
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El tribunal constitucional de Chile acogió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad a favor del director de Graneros Televisión, el Sr. Claudio Segovia Cofre, quien el 18 de mayo de 2011, fue detenido por personal de Carabineros de Chile, por una probable infracción a la Ley de Telecomunicaciones.
La norma de la Ley de Telecomunicaciones dispone “Comete delito de acción pública: a) El que opere o explote servicios o instalaciones de telecomunicaciones de libre recepción o de radiodifusión sin autorización de la autoridad correspondiente, y el que permita que en su domicilio, residencia, morada o medio de transporte, operen tales servicios o instalaciones. La pena será la de presidio menor en sus grados mínimo a medio, multa de cinco a trescientas unidades tributarias mensuales y comiso de los equipos e instalaciones”.
Graneros TV, fue un medio de comunicación local que no alcanzaba un radio mayor a los 5 kilómetros de distancia, asimismo forma parte de ANTVCCH (Asociación Nacional de Televisiones Comunitarias de Chile) y nació en la comuna “cuna del folclor” el 16 de julio de 2010.
El ex concejal y candidato a alcalde Claudio Segovia señala “estoy muy tranquilo con el acogimiento del tribunal constitucional y espero que se soluciones pronto este percance, sobre todo por el beneficio que nuestro canal tenia para comunidad de Graneros, estar más informados y unidos como hijos de una misma tierra”.
En el libelo de Segovia se sostiene que, de aplicársele las normas impugnadas se vulneraría la igualdad de las personas en dignidad y derechos, la igualdad ante la ley, la libertad de emitir opinión y de informar, como también la Convención Americana de Derechos Humanos, en lo referido a la libertad de pensamiento y expresión; por cuanto se impide a los grupos intermedios realizar sus fines, no regula de manera distinta los diferentes tipos de televisión y que sólo algunos pueden acceder a informar por cualquier medio.
La sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación para pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
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